La Organización Nacional Indígena de Colombia - Onic - y el Instituto Nacional para Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima - se enfrentan en una guerra que ya alcanzó contextos étnicos, políticos, económicos y sociales.
El Invima ordenó el decomiso en el territorio nacional de los alimentos a base de hoja de coca que se vienen produciendo desde hace ocho años bajo el proyecto caucano "Coca Nasa", por carecer de la obligatoria licencia sanitaria.
La Junta Directiva de la Organización Nacional Indígena de Colombia -Onic-, que acaba de culminar tres días de reuniones en Bogotá, denunció la persecución y deploró y rechazó la acción que calificó como ilegal y violatoria de acuerdos conseguidos con el Estado colombiano en torno al tema.
Desde el 2000 los comuneros indígenas del resguardo de Calderas, en Inzá, en el departamento del Cauca, lograron un acuerdo con las autoridades de entonces para producir y comercializar alimentos de hoja de coca.
Desde entonces fabrican y comercializan infusiones, galletas, vino, pomadas y hasta una bebida energizante de hoja de coca, llamada Coca-Sek. Bajo el lema: “coca no es cocaína, como la uva no es vino”, y se estableció la empresa de Productos Nasa, en el Cauca.
Los indígenas paeces alegan que desde hace seis años se llegó a un acuerdo con diferentes organismos, incluido el propio Invima, para que fueran las autoridades indígenas las que permitieran el comercio legal de estos productos en el territorio colombiano.
"Esto fue posible y permitido durante más de cinco años y ahora de manera inexplicable el Invima toma una decisión contraria a la ley y la razón", alega la Onic.
Y va más allá: asgeura que el oficio por el cual ese instituto ordena retirar del mercado los alimentos de hoja de coca es violatorio de varios principios universales de los Derechos Humanos, crea una grave y preocupante situación de segregación étnica y violenta la soberanía nacional al imponer condicionamientos más allá de los suscritos por Colombia en la Convención Única sobre Estupefacientes de 1988.
"La hoja de coca es un alimento de enormes propiedades nutricionales, medicinales y de valor cultural significativo, así lo ha certificado el propio Invima. La Convención de 1988 y la Corte Constitucional reconocieron el extraordinario valor de la hoja de Coca y establecieron una diferencia entre ésta y la sustancia clorhidrato de cocaína, que es obtenida después de un complejo proceso químico", agrega la Onic.
Y añade que no es cierto que en Colombia se violente la Convención de 1961 con la venta de alimentos a base de hoja de coca, pues es claro que lo penalizado en esta y otras convenciones es el uso ilícito con destino a la producción de sustancias estupefacientes. "La Convención protege el uso lícito y tradicional de la hoja de coca y este uso tradicional no es exclusivo de poblaciones indígenas, las autoridades colombianas, han reconocido el uso extendido de la hoja de coca como alimento y planta medicinal en campos y ciudades, no se debe olvidar que hasta hace pocos años este hermoso arbusto adornaba calles y jardines de muchas ciudades colombianas".
La orden del Invima advierte que el comercio de hoja de coca se limite a los territorios indígenas. Por eso la Onic contesta; "¿se puede violentar la Convención de 1961 en una parte del territorio y en otra no?. Es claro que se ha establecido el Apartheid con esta medida, pues resulta ilógico que un colombiano no pueda ejercer un derecho en todo el territorio nacional. La Corte Constitucional se ha pronunciado en contra de la segregación étnica o cultural y el Invima olvidó este precepto".
Para el pueblo nasa se está violentado el derecho a la libre determinación de un pueblo, pues no es el Invima la institución encargada de decidir qué es culturalmente apropiado o que es lo mejor en términos de desarrollo para una comunidad.
Según los nasas el Instituto Colombiano de Antropología e Historia como el Ministerio del Interior advirtieron al Invima que la venta de productos de coca ratifica una ancestral práctica del Pueblo Nasa. "No se debe olvidar que las discusiones sobre si los indígenas teníamos o no alma o si podíamos ser sujetos con derechos ya fueron superadas y estos dos conceptos quedaron claros, los indígenas somos personas humanas, por lo tanto seres con los mismos derechos que cualquier multinacional y mayores de edad para decidir sobre nuestro destino", alega la Onic.
Finalmente aclara que es absurdo, incomprensible y abusivo de sus competencias que el Invima prohíba que se haga publicidad del uso de la coca como alimento por fuera de los territorios indígenas, pues no corresponde al Invima establecer la censura, que por lo demás en Colombia está constitucionalmente proscrita.
Aseguran los indígenas que con el acto del Invima se violentaron varios convenciones internacionales como son, la Convención de Lucha contra los Estupefacientes de 1988, la Convención sobre la Biodiversidad Biológica de 1992, el Convenio el 169 de la OIT, entre otros. Artículos de la Constitución como el 7, 8, 9 y 70 especialmente.
El Proyecto Coca Nasa, ha superado muchos obstáculos, entre ellos a la multinacional Coca Cola, que se oponía al registro de una bebida que llevara como parte de su nombre la palabra “coca”.
La Organización Nacional Indígena de Colombia exigió que la medida sea derogada por las autoridades judiciales y se impongan los correctivos necesarios y las sanciones disciplinarias y penales en contra de quienes perpetraron el abusivo acto.